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CONTRATO INDEFINIDO TARIFA PLANA VS TARIFA REDUCIDA

CONTRATO INDEFINIDO TARIFA PLANA VS TARIFA REDUCIDA

NUEVO CONTRATO INDEFINIDO

  • Si la contratación es a tiempo completo

Quedarán exentos de la cotización empresarial los primeros 500 euros de la base de cotización por contingencias comunes. Para el resto de la base se aplicará el tipo vigente.

  • Si es a tiempo parcial con una jornada al menos del 50%

Los 500€ se reducirán de manera proporcional a la jornada parcial

  • Si es al 75%, quedarán exentos los primeros 375€
  • Si es al 50%, quedarán exentos los primeros 250€

 

¿DURANTE CUANTO TIEMPO SE APLICA?

  • Durante un periodo de 24 meses

Si al finalizar dicho periodo la empresa cuenta con menos de 10 empleados se ampliará durante 12 meses más el derecho a la exención pero únicamente por los primeros 250€

  • Para contratos por escrito que se resuelvan entre el 1 de Marzo del 2014 y 31 de Agosto de 2016

¿REQUISITOS?

  • Que se cree empleo de manera neta
  • Que se mantenga a este empleado bajo este contrato durante 36 meses.
  • Estar al corriente en los pagos tributarios y con la seguridad social
  • No haber extinguido contratos de trabajo en los seis meses anteriores por causas objetivas, por despidos disciplinarios judicialmente improcedentes o por despidos colectivos declarados no ajustados a derecho.

 

 

 

HASTA EL 31 DE MARZO CONVIVIRÁ CON EL CONTRATO INDEFINIDO TARIFA PLANA

  • Hasta el próximo 31 de Marzo de 2015, ambos contratos que bonifican la contratación indefinida convivirán y el empresario podrá escoger que contrato realizar.

Comparativa de ambas modalidades

  • Contrato indefinido tarifa plana: recordemos que bajo esta modalidad, el empresario pagaban 100€ por contingencias comunes fuera cual fuera la base.
  • Con el nuevo contrato quedarán exentos los primeros 500€ en la base por contingencias comunes (recordar que con jornadas parciales estos 500€ se reducen proporcionalmente)

 

Tras un fácil cálculo, se ve que con un devengo salarial superior a 923€, es decir, con una base de cotización por contingencias comunes superior a 923€ es más beneficioso el contrato indefinido tarifa plana, el que se extingue el próximo 31 de Marzo.

Dos ejemplos numéricos:

  • Con una base de 1000€
  • Contrato indefinido ordinario: pago del 0.236 sobre la base, 236€
  • Contrato indefinido tarifa plana: 100€
  • Contrato indefinido tarifa reducida: 118€

 

  • Con una base de 900€
  • Contrato indefinido ordinario: pago del 0.236 sobre la base, 212.4
  • Contrato indefinido tarifa plana: 100€
  • Contrato indefinido tarifa reducida: 94.4

Conclusión para el empresario:

  • Si el devengo salarial es superior a 920€ es sin duda mucho más beneficioso en contrato indefinido tarifa plana.

 

 

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