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Cotización Seguridad Social régimen de empleadas del hogar

Cotización Seguridad Social régimen de empleadas del hogar

El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha decidido incrementar su control sobre las condiciones salariales de los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar. Se trata de una vieja reclamación de este colectivo, que a finales de 2020 estaba integrado por casi 382.000 personas, que asegura que muchos empleadores no aplican a las bases de cotización los incrementos que se han aplicado al Salario Mínimo Interprofesional.

Según el Ministerio, «ante la situación de crisis actual, derivada de la pandemia de la COVID-19», «resulta imprescindible un refuerzo de la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para velar por el respeto de los derechos de todas las personas trabajadoras, y especialmente de aquellas que se encuentran en situación de especial vulnerabilidadEntre estos colectivos, requiere una acción decidida el Servicio de Hogar Familiar.

También subraya que se trata de un colectivo especialmente feminizado (según la encuesta de población activa del primer trimestre de 2020, integraban este sector un total de 576.000 personas trabajadoras, de las cuales sólo 71.000 eran hombres), en el que la economía irregular y los bajos salarios «determinan una importante situación de precariedad laboral».

Así, la Inspección de Trabajo ha iniciado una campaña de envío masivo de cartas a los empleadores que, según figuran en las bases de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social, tengan contratado a algún trabajador doméstico a tiempo completo con retribuciones inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Es decir, 950 euros en 14 pagas o 1.108,33 euros en 12 pagas para jornada completa, o 7,43 euros la hora para la jornada por horas.

En la carta se les pide que actualicen las condiciones laborales de los empleados antes del 31 de marzo. De no hacerlo, se iniciarán controles que podrían conllevar sanciones, que en su grado mínimo oscilan entre los 626 y 1.250 euros y en el máximo desde los 100.000 euros a los 187.515 euros.

La regularización debe hacerla el titular del hogar familiar, que tendrá que comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social el salario real actual, el que se está percibiendo desde el 1 de enero de 2021. Puede hacerlo a través del Servicio de Variaciones/Correcciones de datos de trabajadores en el Sistema Especial para Empleados de Hogar de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, donde también podrá recibir asesoría para realizar la actualización.

El Salario Mínimo Interprofesional 2021 (SMI 2021) será igual al SMI de 2020, ya que el Gobierno ha acordado prorrogarlo durante el año 2021 de forma temporal. Por tanto, el Salario Mínimo Interprofesional durante 2021 seguirá siendo de 950 euros mensuales por 14 pagas.

 

Salario Mínimo Interprofesional 2021.

  • Salario Mínimo diario: 31,66€
  • Salario Mínimo mensual: 950,00€ (14 pagas).
  • Salario Mínimo anual: 13.300€ (14 pagas)
  • Salario Mensual 12 pagas: 1.108,33€.
  • SMI eventuales y temporeros: SMI / día: 44,97 euros
  • SMI empleados de hogar: SMI / hora: 7,43 euros.

Hay que tener en cuenta que esta cifra es para jornadas completas (40 horas), para jornadas parciales se calculará proporcionalmente. Según confirma Trabajo, la base mínima de cotización para 2021 es de 1.108 euros. A esta cifra se le aplicarán los porcentajes de cotización a la Seguridad Social que definan para este ejercicio.

 

SALARIO BASE EMPLEADAS DE HOGAR 2021 por 40 HORAS SEMANAL:

– 14 Pagas: Nómina de 950,00 euros x 14 pagas + 30 días vacaciones.

– 13 Pagas: Nómina de 1,023€ euros x 13 pagas + 30 días vacaciones.

– 12 Pagas: Nómina de 1.108 euros x 12 pagas + 30 días vacaciones.

Salario Anual: 13.300,00 euros (EL SMI 2021= Salario Mínimo Interprofesional 2021 = 950,00 euros x 14 pagas). Correspondiente para 40h/semana. Si es por horas: coste mínimo por hora: 7,04 euros/h.

 

Cotización en 2021 SEGURIDAD SOCIAL :

Salario en 12 pagas (pagas extras prorrateadas):

Número de horas BRUTO NETO Base de cotización
5 138,54 128,86 206
10 277,08 261,10 340
15 415,63 393,35 474
20 554,17 525,59 608
25 692,71 657,79 743
30 831,25 790,03 877
35 969,79 920,44 1050
40 1108,33 1056,77 1097

 

Salario en 14 pagas, dos pagas extras julio y navidad:

Número de horas BRUTO NETO Base de cotización
5 118,75 109,07 206
10 237,50 221,52 340
15 356,25 333,97 474
20 475,00 446,42 608
25 593,75 558,83 743
30 712,50 671,28 877
35 831,25 781,90 1050
40 950,00 898,44 1097

El tipo de cotización por contingencias comunes será el 28,30%; siendo el 23.60% a cargo del empleador y el 4.70% a cargo del empleado. El de contingencias profesionales será del 1,5% a cargo del empleador.

  • Para la cotización por contingencias profesionales se aplicará el 1,50%; a cargo exclusivo del empleador.
  • Con efectos desde el 1 de abril de 2013, el empleado de hogar que preste sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador, y que hubiera acordado con este último la asunción de las obligaciones en materia de encuadramiento en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, será el sujeto responsable de la obligación de cotizar. Deberá, por tanto, ingresar la aportación propia y la correspondiente al empleador (o, en su caso, empleadores) con el que mantenga tal acuerdo, por contingencias comunes y profesionales.

 

TABLA COSTE EMPLEADAS DE HOGAR:

Conforme a lo previsto en la disposición transitoria decimosexta del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de Diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, en este Sistema Especial las bases de cotización serán, a partir del 1 de enero de 2019, las siguientes:

 

 

Número de horas

 

 

 

Salario bruto 12 pagas

Coste empresa Coste Total
5 138,54 51,71 190,25
10 277,08 85,34 362,42
15 415,63 118,97 534,60
20 554,17 152,61 706,77
25 692,71 186,49 879,20
30 831,25 220,13 1051,38
35 969,79 263,55 1233,34
40 1108,33 275,35 1383,68

 

¿Qué incentivos ofrece la Seguridad Social para la contratación de Empleadas Hogar 2021?

  1. Se mantiene la bonificación para todas las altas nuevas Seguridad Social empleadas hogar del 20%sobre la cuota del empleador/a.
  2. Se mantienen las bonificaciones de años anteriores. La bonificación para todas las altas Seguridad Social empleadas hogar de familias numerosas. Esta bonificación es del 25% sobre la cuota de empleador/a.

Si la retribución abonada es superior a esa cantidad, se deberá declarar la totalidad de las retribuciones abonadas, incrementadas con el prorrateo de pagas extraordinarias.  Esto se suma a la obligación de declarar el resto de retribuciones no monetarias (como alojamiento o manutención, por ejemplo) que constituyan el salario del empleado de hogar.

A partir del 1 de abril de 2021, si el empleador no ha declarado el salario actual ante la TGSS, se iniciarán actuaciones inspectoras de comprobación por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que pueden conllevar sanciones.

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