NOVEDADES LEY PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2016
LEY 48/2015 DE 29 DE OCTUBRE
- TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS
Desde el 1 de Enero de 2016:
– La base mínima pasa de 884.40€ a 893.10
– La base máxima pasa de 3.606€ a 3.642€
Es decir, la cuota de autónomos “general” desde el 1 de Enero serán 267.04€
La base de cotización de los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2016, tengan:
- Una edad inferior a 47 años, será la elegida por ellos dentro de las bases máxima y mínima indicadas en el apartado anterior.
- Tengan 47 años de edad y su base de cotización en el mes de diciembre de 2015 sea igual o superior a 1.926,60euros o que causen alta en este Régimen Especial con posterioridad a la citada fecha. Será la elegida por ellos dentro de las bases máxima y mínima indicadas.
- Tengan 47 años de edad y su base de cotización fuera inferior a 1.926,60 euros mensuales. No podrán elegir una base de cuantía superior a 1.964,70 euros mensuales salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2016, lo que producirá efectos a partir de 1 de julio del mismo año, o que se trate del cónyuge supérstite del titular del negocio que, como consecuencia del fallecimiento de éste, haya tenido que ponerse al frente del mismo y darse de alta en este Régimen Especial con 47 años de edad, en cuyo caso no existirá dicha limitación
- Tengan 48 o más años cumplidos, estará comprendida entre las cuantías de 963,30 y 1.964,70 euros mensuales.