BLOG

Impuesto de Sociedades de 2019 en Bizkaia

Impuesto de Sociedades de 2019 en Bizkaia

De cara a la declaración del Impuesto de Sociedades de 2019 y tras la reforma aplicada a dicho impuesto desde 2018, la cual implica en general un aumento en la cuota tributaria,  es importante conocer los diferentes métodos que se pueden aplicar para un mayor ahorro fiscal.

RESERVAS

Tras la reducción del 15% al 10% en la opción de compensación de microempresas que permitía minorar la base imponible en este porcentaje, y por lo tanto reducir nuestra cuota, tenemos que resaltar la ya existente pero menos conocida reserva de Compensación para fomentar la capitalización empresarial (FOCAEM).  Aunque existen otros dos tipos de reservas (reserva especial para nivelación de beneficios y la reserva especial para el fomento de emprendimiento y el reforzamiento de la actividad productiva), vamos a centrarnos en la primera ya que las micros y pequeñas empresas se podrán deducir el 14% del incremento del Patrimonio Neto.

Las condiciones para aplicarse esta deducción es destinar el importe del incremento a una reserva indisponible hasta que pasen 5 años y el patrimonio neto debe permanecer constante o creciente durante estos años.

Antes de comenzar con las deducciones, cabe mencionar el régimen para incentivar empresas innovadoras en Bizkaia, el PATENT BOX.  Se trata de la reducción del 70% de la renta obtenida por la cesión TEMPORAL del derecho de uso o explotación de la propiedad intelectual o industrial. Si en lugar de ceder a terceros es la propia empresa quien utiliza su propiedad intelectual o industrial, se puede aplicar un una reducción del 5% del precio de adquisición o del coste de producción de la base imponible.

DEDUCCIONES

  • Deducción por inversiones en activos no corrientes nuevos.

Para aquellas empresas que adquieran para su explotación económica un activo nuevo para que formen parte de su inmovilizado material (se excluyen los terrenos):

Deducción del 10% de las inversiones (5% sí mejoras).

Los requisitos son que las inversiones superen el 10% del Valor Neto Contable o que las inversiones tengan un valor igual o superior a 5 millones de euros.

  • Deducción por creación de empleo

Deducción del 25% del salario bruto. (Límite de 5.000€ por persona contratada).

Entre los requisitos: contratos indefinidos con salarios 1,7 por el Salario Mínimo Interprofesional y mantenimiento de plantilla y salario durante 3 años.

  • Deducción por actividades de Investigación y desarrollo (I+D+i)

Investigaciónindagación original y planificada que persiga descubrir nuevos conocimientos y una superior comprensión en el ámbito científico y tecnológico.”

Desarrolloaplicación de los resultados de la investigación para fabricar nuevos productos o materiales, para el diseño de nuevos procesos de producción, para la mejora técnica sustancial de productos o procesos.”

Son gastos de investigación y desarrollo los realizados por la propia empresa, incluyendo las amortizaciones de los bienes directamente relacionados con la actividad.

Deducción del 30% del gasto realizado. Cuando se ha realizado más gasto que la media de los dos ejercicios anteriores un 20% adicional. También se generara un 20% adicional cuando dichos gastos hayan sido por personal de investigadores cualificados y subcontratos con centros tecnológicos reconocidos. Cuando se hayan realizado inversiones en inmovilizado exclusivamente para las actividades de I+D un 10% adicional.

Innovación tecnológica  “actividad cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos productos o procesos de producción o mejoras sustanciales de los ya existentes que haga que difieran en las existentes con anterioridad.”

Deducción del 20% para proyectos encargados a centros tecnológicos reconocidos (Universidades, Organismos públicos…) y  la por obtención de certificados de calidad. 15% por la adquisición de tecnología avanzada en forma de patentes, licencias…y por el diseño industrial e ingeniería de procesos de producción.

Para poder aplicar estas deducciones se necesitará un informe motivado sobre la calificación de la actividad (SPRI, BEAZ).

  • Transferencia deducciones I+D+i

Desde 2017 los contribuyentes sin capacidad fiscal que no pueden aplicarse la deducción generada por proyectos de I+D+i, pueden cederles a un tercero esta deducción a cambio de una financiación.

Los requisitos son la necesidad de tener un informe motivado para la calificación de la actividad, un contrato de financiación y la comunicación a la Hacienda Foral en el ejercicio de inicio del proyecto.

Antes de lamentarnos del resultado del Impuesto de Sociedades, debemos tener en cuenta estas y otras técnicas fiscales, como la libertad de amortización la cual te permite aplicarte el gasto de amortización según mas te convenga, que podemos aplicarnos y no se aplican por desconocimiento y que en Ascofi Berria podemos asesorarte sobre la mejor estrategia posible.

asesoría bilbao ascofi seguros

De la idea a la empresa

Empecemos a construir tu éxito juntos. Listos para transformar tus metas en realidad, ofrecemos asesoría cercana y resultados empresariales excepcionales. ¡Comencemos ahora!