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Ley 9/20215 de Movilidad Sostenible

Ley 9/20215 de Movilidad Sostenible

 

El 4 de diciembre de 2025 se ha publicado la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, que introduce obligaciones legales específicas para las empresas en relación con los desplazamientos de las personas trabajadoras al centro de trabajo.

Esta normativa no tiene carácter voluntario y su incumplimiento puede dar lugar a sanciones administrativas, por lo que resulta imprescindible anticipar su impacto desde una perspectiva laboral y de negociación colectiva.

  • Empresas afectadas

La obligación de disponer de un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo alcanza a las empresas que cuenten con:

  • Más de 200 personas trabajadoras
  • Más de 100 personas por centro o turno de trabajo.

 

  • Plazo de adaptación

La ley establece un periodo transitorio de 24 meses desde su publicación.

  • Fecha límite de cumplimiento: diciembre de 2027.

 

  • Contenido y finalidad del Plan de Movilidad

El Plan de Movilidad tiene como finalidad reorganizar los desplazamientos laborales para:

  • Fomentar el transporte sostenible
  • Impulsar el teletrabajo como medida de movilidad
  • Establecer medidas de flexibilidad horaria
  • Reducir costes, tiempos improductivos y riesgos laborales
  • Mejorar la seguridad, conciliación y bienestar de la plantilla

 

  • Obligaciones laborales de la empresa

Las empresas obligadas deberán:

  1. Analizar y diagnosticar los desplazamientos habituales de la plantilla
  2. Negociar el Plan de Movilidad con la Representación Legal de las Personas Trabajadoras (RLT)
  • En ausencia de RLT, informar a la plantilla en los términos legalmente previstos
  1. Registrar el Plan ante la autoridad competente
  2. Realizar seguimiento, evaluación y reporte periódico de las medidas adoptadas
  • Aspectos clave desde la óptica laboral
  • El Plan de Movilidad constituye materia de negociación colectiva obligatoria
  • No puede implantarse de forma unilateral
  • El incumplimiento de estas obligaciones puede dar lugar a responsabilidades administrativas y laborales

 

  • ¿Qué podemos hacer por tu empresa?

Desde Ascofi Berria acompañamos a las empresas en la adaptación integral a la Ley de Movilidad Sostenible, con un enfoque preventivo, práctico y alineado con la realidad organizativa de cada compañía.

En concreto, podemos ayudarte a:

  • Determinar si tu empresa está obligada a implantar un Plan de Movilidad
  • Realizar el análisis laboral y organizativo previo, coordinado con RR. HH. y PRL
  • Diseñar y estructurar el Plan de Movilidad conforme a la normativa vigente
  • Asesorar y acompañar en la negociación con la RLT o en el proceso de información a la plantilla
  • Integrar el plan con políticas de teletrabajo, flexibilidad horaria y conciliación
  • Reducir riesgos legales y sancionadores, garantizando el cumplimiento normativo

Nuestro objetivo es que esta nueva obligación legal se convierta en una herramienta de mejora organizativa, y no en un foco de conflicto o inseguridad jurídica.

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