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Novedades declaración modelo 721 – Criptomonedas

Novedades declaración modelo 721 – Criptomonedas

Novedades declaración modelo 721 – Criptomonedas

 

El pasado 28 de junio, a escasos dos días del fin de una de campaña de renta en la que según la Agencia Tributaria han aflorado en torno a 759 millones de euros de ganancias de patrimonio derivadas de criptomonedas, se ha publicado el proyecto del modelo 721 de declaración de monedas virtuales en el extranjero.

 

Tras meses de espera y prorroga tardía al ejercicio 2022, la Administración Estatal ha determinado por fin que información habrá que declarar en este nuevo modelo. Si bien se han dado a conocer las casillas a cumplimentar, las cuantías por encima de las cuales habrá que presentar la declaración de información serán fijadas por el futuro apartado 1 del artículo 42 quater del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio. Todo apunta a que el limite serán 50.000€, equiparándolo al resto de obligaciones de declarar (inmuebles, saldos en cuentas, fondos, etc.).

 

 

Destacan entre la información a declarar en el nuevo modelo 721, los siguientes datos:

  • Nombre y apellidos o razón social entidad que proporciona servicios para salvaguardar las claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.
  • Dirección y Código del país en el que se encuentre el domicilio de la persona o entidad que proporciona servicios para salvaguardar las claves criptográficas
  • Clave pública o dirección pública.
  • Tipo Moneda Virtual
  • Número de unidades
  • Número total de unidades que, para cada tipo de moneda virtual situada en el extranjero depositada en la clave pública declarada, han sido recibidas durante el año.
  • Número total de unidades que, para cada tipo de moneda virtual situada en el extranjero depositada en la clave pública declarada, han sido enviadas durante el año.
  • Número de monedas Final.
  • Valoración de la unidad de moneda virtual. Para efectuar esta valoración se tomará la cotización media a 31 de diciembre que ofrezcan las principales plataformas de negociación o, en su defecto, se utilizarán los mecanismos comúnmente utilizados de valoración que proporcionen una estimación razonable del valor de mercado en euros de la moneda virtual a 31 de diciembre.
  • Cotización o valor utilizado para efectuar la valoración de la unidad de moneda virtual declarada en euros indicada en el campo anterior.
  • Fecha de registro inicial en la plataforma del declarante titular, beneficiario o autorizado de monedas virtuales en el extranjero.
  • Origen Moneda Virtual

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