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Nuevas cuotas de autónomos 2023 – 2025

Nuevas cuotas de autónomos 2023 – 2025

En el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos/as y se mejora la protección por cese de actividad, con efectos de 1 de enero de 2023.

Este nuevo sistema de cotización es un modelo progresivo de cuotas para los años 2023, 2024 y 2025 (en 2026 se revisará de nuevo).

¿Cómo funciona?

Se han establecido 15 tramos de cotización en función de la previsión de rendimientos netos que se van a obtener a lo largo del año natural (desde 670€/mes o menos, a más de 6.000€/mes). Esos ingresos hacen que los autónomos se encuadren entre una base mínima y máxima de cotización que será la que se tenga en cuenta para la cuota de autónomos a pagar. El autónomo podrá elegir la base que quiera entre la mínima y máxima que le toque según sus ingresos mensuales estimados.

La horquilla de cuotas para 2023 irán desde los 235 € a los 1.403 €

La horquilla de cuotas para 2024 irán desde los 235 € a los 1.403 €

(*) pendiente de confirmación Bases máximas de cotización 2024

Estas nuevas tarifas benefician sobre todo a los autónomos y autónomos societarios con menos ingresos. Aquellos que ganen menos que el salario mínimo interprofesional (SMI), ya no tendrán que pagar los 294 euros mensuales de la cuota mínima actual, mientras que los que más ganan estarán obligados a pagar más del doble que actualmente (en caso de estar cotizando por la base mínima).

Los autónomos societarios son otros de los colectivos a los que les afecta esta nueva regulación.  Como cualquier trabajador por cuenta propia, también tendrán que cotizar por ingresos reales a partir de 2023. A diferencia los autónomos persona física, tendrán una base de cotización mínima que ha quedado fijada en 1.000 euros al mes. Esto supone que, en los próximos tres años, pagarán una cuota mínima inferior a la actual: 310 euros al mes en 2023, 320 en 2024 y 350 en 2025. Actualmente los autónomos societarios pagan 377,87 euros al mes de cuota mínima a la Seguridad Social, lo que supondrá un ahorro anual de 814,44 euros para el ejercicio 2023, 694,44€ para el ejercicio 2024 y 334,44€ para el 2025.  

 

¿Qué pasa si los rendimientos netos del trabajador no se corresponden con la horquilla de ingresos previstos inicialmente?

La administración regularizará los pagos, de forma que, si un autónomo ha cotizado por debajo de lo que le corresponde, la Seguridad Social emitirá una carta de pago por el valor de la regularización correspondiente (usarán como referencia la base mínima de tramo en el que debería haber estado). En caso contrario, si el autónomo ha cotizado por un tramo superior al de los rendimientos netos obtenidos, la seguridad social ingresará lo aportado de más teniendo como referencia la base máxima del tramo correcto. No podemos asegurar que la seguridad social lo ingrese de oficio.

 

¿Cuándo está previsto que se haga la regularización?

El proceso definido es el siguiente:

  • Los autónomos estimarán los ingresos de 2023 para definir la cuota a pagar.
  • Bimensualmente se podrá modificar la base de cotización:

  • Hasta el 31/10/2023 deberán realizar la comunicación a través de Sistema Red de los siguientes datos:

*Hasta que no habiliten el apartado para estas comunicaciones, quedan paralizadas las creaciones de CCC. Tendrán que gestionarse mediante la plataforma CASIA.

  • Una vez esté cerrado el plazo de presentación de la declaración de la renta y otros impuestos, como el de Sociedades, las haciendas reportarán a la seguridad social a finales de 2024 el dato de rendimiento neto final de cada autónomo.
  • Se espera que sobre mayo de 2025 empiecen a llegar las regularizaciones de las cuotas de autónomos ingresadas en 2023.

 

EJEMPLO INFRACOTIZACIÓN:

EJEMPLO SOBRECOTIZACIÓN:

 

¿Cómo calculo mis rendimientos netos?

Para conocer los rendimientos netos del autónomo, la Seguridad Social ha establecido una fórmula para determinar este importe: calcular primero los rendimientos netos anuales de la actividad, sumarle las cuotas que ha pagado el autónomo a la Seguridad Social durante el ejercicio, y aplicar una reducción del 7% (3% para los/as autónomos/as societarios/as), en concepto de gastos de difícil justificación. Una vez obtenida la cifra, dividir entre 12 para obtener el rendimiento neto mensual por el que deberán definir el tramo que les corresponde.

No obstante, a día de hoy no han confirmado que la regla de valoración de los rendimientos siga estrictamente este cálculo, ya que por ejemplo, está pendiente el acuerdo con las haciendas forales para poder definir los criterios finales.

 

¿Cómo afecta a los autónomos el MEI?

Este incremento del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), también afectará a la cuota de los autónomos en el ejercicio 2023. Supone un aumento de cotizaciones del 0.6% de la base de cotización que entró en vigor el 1 de enero del 2023 para todos los trabajadores por cuenta ajena y también por cuenta propia. Es decir, la base de cotización de los autónomos será la misma, pero la cuota será un 0,6% más de lo que era hasta ahora.

Por tanto, aunque no se haya modificado la cuota de cara a 01/01/2023 o no se modifique la base/cuota en 2023, los autónomos pagarán algo más que lo que pagaban en 2022 (entre 4€ y 27€ más al mes).

 

Tarifa Plana

Por último, el preacuerdo incluye además el mantenimiento de la tarifa plana para todo nuevo autónomo, eso sí, se eleva desde los actuales 60 euros hasta los 80 euros.

La nueva tarifa plana supone una reducción en la cotización para los nuevos autónomos durante 12 meses, primer periodo, pudiendo extenderse hasta 24 meses, siempre y cuando sus rendimientos netos se encuentren por debajo del SMI.

Adicionalmente desaparece el beneficio adicional para nuevos autónomos que residen en municipios de menos de 5.000 habitantes, y se incorporan ventajas adicionales para aquellos con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género o terrorismo. Estos últimos colectivos tendrían un primer periodo de 24 meses ampliables a otros 36 meses adicionales siempre que sus ingresos no superen el SMI.

Las personas que ya venían percibiendo la tarifa plana desde antes del 1 de enero de 2023 mantendrán las cuantías anteriores a la reforma.

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