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Prestación por cese autónomos 1 Octubre

Prestación por cese autónomos 1 Octubre

Prestaciones para autónomos:

Indicar, antes de nada, que las Mutuas no han preparado aun sus webs, para la presentación de las prórrogas, y MUTUALIA, nuestra principal colaboradora, ya nos ha indicado que es muy posible que ni siquiera estén listas la semana que viene.

En este caso, también podemos hablar de 3 situaciones diferenciadas.

  • EXTRAORDINARIA. Si has tenido que suspender la actividad, si los ingresos del 4T(OCT-NOV-DIC) han caído un 50 % con el 1T (ENE-FEB-MAR) y están por debajo del SMI (950 euros/mes). El pago es del 50 % de la base de cotización. Unos 470 euros al mes hasta el 31/1/2020, y no se pagarán las cuotas de autónomos hasta dicha fecha.

OJO: Si nos acogemos será obligatorio acogernos al cese de actividad desde entonces.

OJO. Incompatible si estoy trabajando por cuenta ajena. Pluriactividad.

  • Si ya disfrutabas de la prestación hasta ahora, y sigues cumpliendo los requisitos. Prever una reducción de la facturación del 75 % comparándolo con el mismo trimestre de 2019. En este caso el pago es de 70 % de la base de cotización. Si es compatible con los trabajos por cuenta ajena, pero es necesario haber cotizado por 12 meses previamente, haber cotizado por el cese de actividad…

En resumen, solo es válido para los que ya venían disfrutándola hasta ahora.

 

  • AUTONOMOS DE TEMPORADA. Si has cotizado más de 4 meses entre Junio y Diciembre de 2018 y 2019 y no estabas de alta entre el 1 de Marzo y el 31 de Mayo de este año, puedes solicitar la prestación por el 70 % de la base, pero si contará como tiempo cotizado.

 

En todo caso es necesario estar al corriente de pagos, y llevar más de un mes cotizando.

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