La Diputación Foral de Bizkaia ha lanzado el Programa Kontrata 2025 con el objetivo apoyar la contratación y el mantenimiento del empleo mediante la contratación indefinida de personal desempleado por parte de empresas y empresarios individuales de Bizkaia.
Los contratos deben haber sido formalizados entre el 31 de julio de 2024 y el 30 de julio de 2025 y el plazo para solicitar las subvenciones se abrirá el 1 de abril de 2025 a las 9:00 horas y se cerrará el 30 de julio de 2025 a las 13:30.
El Programa Kontrata está dirigido a empresas de Bizkaia de cualquier forma jurídica, empresarios y empresarias individuales y profesionales, comunidades de bienes y sociedades civiles, así como asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro. Estas empresas deben tener domicilio social, fiscal y centro de trabajo en Bizkaia; una plantilla de hasta 250 personas; no estar participadas directa o indirectamente en más de un 25% por empresas que no cumplan los requisitos anteriores; que estén al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y que los empresarios individuales o profesionales y socias tengan su residencia habitual en Bizkaia.
Las personas que pueden beneficiarse de esta ayuda deben cumplir con los siguientes requisitos: personas empadronadas en Bizkaia, menores de 50 años, personas desempleadas de larga duración, los individuos que tengan una discapacidad igual o superior al 33% o las personas en riesgo de exclusión.
- OBJETO DE LA SUBVENCION
Apoyar a contratación mediante contratos indefinidos de determinados colectivos.
- PERSONAS DESTINATARIAS
- Menores de 50 años (no cumplidos en el momento de la contratación).
- Desempleados de larga duración (no haber trabajado más de un mes en un periodo de 13 meses anteriores a la contratación, se debe acreditar con el informe de Lanbide).
- Personas con discapacidad (porcentaje igual o superior al 33%).
- Personas en riesgo de exclusión social (personas incorporadas a programas dependientes de los servicios sociales, familias monoparentales con uno o varios descendientes a su cargo que no desempeñen actividad retribuida, ex toxicómanas, víctimas de violencia de género, exreclusas, víctimas de trata, beneficiarias de prestaciones económicas Ley 18/2008, 23 de diciembre para la garantía de ingresos y cohesión social).
- ENTIDADES BENEFICIARIAS
- Domicilio social, fiscal y centro de trabajo en Bizkaia.
- Plantilla de hasta 250 trabajadores.
- No hallarse participada en más de un 25% por empresas que no reúnan los requisitos anteriores.
- Acreditar residencia habitual en Bizkaia (en el caso de empresarios/as individuales, profesionales, personas social o comuneras).
- Hallarse al corriente con las obligaciones tributarias y de seguridad social.
- No estar sancionado por vulneración del derecho de igualdad y no discriminación.
- ACCIONES SUBVENCIONABES Y REQUISITOS
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- Contratos indefinidos formalizados entre el 31 de julio de 2024 y el 30 de julio de 2025.
- Jornada completa, excepto si se formalizan con personas con discapacidad que podrán ser a tiempo parcial (mínimo 50%)
- Personas empadronadas en Bizkaia (al menos desde la fecha de inicio del contrato y durante toda su vigencia).
- Obligatorio acreditar condición de desempleado e inscrito como demandante de empleo con carácter previo a la contratación.
- Salario bruto anual de 20.000€ (mínimo)
ATENCIÓN
– Si la persona objeto de la subvención ha estado en la empresa previamente con un contrato indefinido, deberá haber transcurrido mínimo 5 años entre ambos contratos. – Si la persona objeto de la subvención ha estado previamente en la empresa con un contrato temporal, deberá haber transcurrido un periodo mínimo de 2 meses. |
- CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
- Contratos indefinidos: 3.000 euros y 3.600 euros en el caso de realizarse el contrato con una mujer.
- Contratos indefinidos que se formalicen con personas que hayan participado en programas de empleo (Departamento de empleo, Cohesión Social e Igualdad o DEMA durante los años 2024 o 2025): 4.000 euros.
- Contratos indefinidos formalizados en alguna de las siguientes actuaciones: 3.750 euros.
- Transición ecológica hacia una economía verde
- Transformación digital
- JUSTIFICACIÓN
- 85% en el momento de la concesión.
- % restante una vez se presente la justificación (plazo de 2 meses una vez que finalizan los 12 primeros meses completos del contrato subvencionado).
- OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS BENEFICIARIAS
- Las entidades beneficiarias de las ayudas estarán obligadas a mantener a la persona trabajadora, durante, al menos, los 12 primeros meses del contrato.
- Si antes de los 12 primeros meses del contrato se produjera la extinción del contrato, procederá el reintegro total de la subvención (excepto si el contrato se extingue por cese voluntario, jubilación, despido declarado improcedente, muerte e invalidez de la persona).
- COMPATIBILIDAD
- Esta subvención será incompatible con la precepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, a excepción de las bonificaciones o reducciones de las cuotas empresariales a la Seguridad Social.
- Una misma empresa no podrá solicitar subvención por un contrato de una persona por la que se haya solicitado una subvención en los años 2022, 2023 y 2024.