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Estatuto del becario

Estatuto del becario

Tras meses de negociación entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos, el Estatuto del Becario tiene luz verde y el Gobierno espera su aprobación en las próximas semanas. Este instrumento para reforzar la protección de los trabajadores en modalidad de formación está recogido en la reforma laboral, en la que se estableció un período de 6 meses para su creación.

A la espera de la publicación oficial por parte del Gobierno del nuevo estatuto del becario, hemos elaborado el siguiente resumen con los detalles principales a los que hemos tenido acceso.

 

¿Qué significa ahora ser becario?

El borrador del Estatuto especifica que se trata de una relación de formación práctica que precisa de una tutorización y disfruta de diversos derechos. Cuando el estudiante sustituya las funciones de un trabajador más, dicha relación pasará a considerarse laboral.

Prácticas abusivas

  • 1,4 Millones de personas en prácticas sin relación contractual.
  • Se han convertido en una fórmula de bajo coste para reemplazar la plantilla regular.
  • Abuso en la temporalidad de los contratos.
  • Las prácticas extracurriculares (las no obligatorias para la obtención del título) adoptarán la modalidad de contrato formativo para la obtención de la práctica profesional. Se fija para ello un periodo de transición de tres años, es decir, hasta 2025.

Mejoras en el nuevo modelo

  • Campo de acción

Mejora la delimitación del campo de acción de la figura del becario y ofrece una serie de garantías para proteger sus derechos básicos.

  • Prácticas no laborales = plan de estudios

Entre los principales puntos a destacar, está el ámbito de aplicación de la norma. Garantiza que las prácticas no laborales deben estar vinculadas necesariamente a un plan de estudios.

  • Contrato formativo

Las prácticas extracurriculares adoptarán la modalidad de contrato formativo que es el que debería operar en ese caso, por la responsabilidad y las tareas desarrolladas.

  • No superar el 20% de la plantilla

Los estudiantes no podrán superar el 20% de la plantilla:

  • 1 becario para una empresa de 10 trabajadores.
  • 2 becarios para una empresa de entre 11 y 30 trabajadores.
  • 3 becarios para una empresa de entre 31 y 59 empleados.
  • Un máximo del 5% de la plantilla para compañías de más de 60 empleados.

 

  • Becarios limitados

En empresas de mas de 30 trabajadores un mismo tutor no puede llevar a más de cinco personas en prácticas, y la compañía debe reconocer las tutorías como tiempo efectivo de trabajo. En empresas de menos de 30 trabajadores la tasa se reduce a 3.

  • Derechos laborales

Los becarios tendrán los mismos derechos que el resto de trabajadores de la empresa, deberán respetar sus descansos, incluyendo los días libres y vacaciones que correspondan. Tendrán derecho a cobrar prestación por desempleo.

  • Reconocimiento médico

Posibilidad de reconocimiento médico.

  • Derechos como trabajadores

Tendrán derecho a informar y ser informados por los delegados sindicales a acudir al médico o exámenes, así como a no trabajar de noche (excepto que lo requiera la propia práctica).

  • Seguridad Social

Todos cotizarán a la SEGURIDAD Social para su futura jubilación y tendrán derecho a acceder a una prestación por desempleo.

  • Derecho a paro

 

  • Se garantiza la remuneración de las prácticas académicas

El proyecto contempla que en caso de que las prácticas no sean remuneradas o no exista otra beca que lo cubra, la empresa debe hacerse cargo de gastos como: transporte. Alojamiento y manutención, garantizando la remuneración de todas las prácticas académicas.

 

Dado que aún nos mantenemos a la espera de la publicación del estatuto, no somos conocedores de todos los cambios, como por ejemplo, el coste que supondrán para la Seguridad Social.

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