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Convocatoria de acceso al programa de “ayudas a la contratación” de Bilbao Ekintza

Convocatoria de acceso al programa de “ayudas a la contratación” de Bilbao Ekintza

 

El lunes, 18 de noviembre,  las empresas locales, con centro de trabajo y actividad económica en Bilbao, podrán solicitar su ayuda a través de www.bilbaoayudascontratacion.eus, hasta las 15:00 horas del 20 de diciembre de 2024, teniendo en cuenta que las solicitudes serán atendidas por orden de presentación.

Como estrategia para fomentar e incentivar la generación de empleo estable y de calidad, la ayuda a las contrataciones realizadas por las EMPRESAS privadas para los Planes de Empleo 2024/2025 asciende a 1.837.540 euros y se subvencionarán 246 contratos indefinidos, a jornada completa o parcial, con un mínimo del 50% de la jornada. Además, las contrataciones deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los seis meses anteriores.

EMPRESAS BENEFICIARIAS
1. Empresas con centro de trabajo y actividad económica en Bilbao.
2. Encontrarse al corriente de pagos con las administraciones.
3. No haber recibido otras subvenciones que cubran los gastos de contratación.

REQUISITOS DE LAS PERSONAS CONTRATADAS
1. Estar en situación de desempleo.
2. Estar inscritas como demandantes de empleo en Lanbide.
3. Estar empadronadas en Bilbao.
4. No ser conyuge, descenciente, y demás parientes hasta el 2º grado del empresario.
5. No tener un contrato indefinido en los 6 meses previos con la misma empresa.
Estas condiciones deben cumplirse, como mínimo, el día previo a la contratación.

CONTRATOS QUE SE SUBVENCIONAN
1. Contratos, formalizados entre el 01/01/2024 y el 31/12/2024.
2. Contratos Indefinidos (12 meses mínimo) o de duración determinada de artistas, personal técnico y auxiliar en espectáculos públicos, con una duración mínima de 3 meses.
3. Los contratos pueden ser a jornada completa o parcial (mínimo 50% de jornada).
4. Las contrataciones deben representar una creación neta de empleo en la empresa sobre los 6 meses inmediatamente anteriores a la contratación.
La extinción de los contratos con anterioridad a los meses mínimos indicados, supondrá el reintegro de la subvención concedida. No procederá el reintegro cuando se sustituya a la persona cuyo contrato se ha extinguido por otra que cumpla los requisitos

CUANTÍA
1. Hasta 8.000 € por cada contrato de trabajo indefinido a jornada completa.
2. 3.000 € para los temporales a jornada completa de 3 meses.
3. 6.000 € para los temporales a jornada completa de 6 meses.
4. Colectivos especiales (RGI, desemplead@s de larga duración, menores de 35 o mayores de 55):
▪ La ayuda será de 10.000 € para los indefinidos
▪ 7.500 € para los temporales de 6 meses (proporcional si es de 3 meses)
* En todos los casos el importe será proporcional en jornadas parciales
* Si la persona contratada es una mujer todas las cuantías se incrementarán un 10%.

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