Desde el 1 de enero de 2023 la cotización de los autónomos se basa en el rendimiento neto generado por sus negocios. Es decir, cotizan en función de rendimientos reales.
De acuerdo con las tablas proporcionadas por la Seguridad Social, durante los años 2023 y 2024 los autónomos cotizaron en base a unos escalones determinados según estos rendimientos. Para 2025 se seguirá el mismo proceso, con unas tablas que se han actualizado:
Como se puede observar, hay un incremento en relación con las tablas de 2024. Además, para 2025, el MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional) también se incrementa, pasando del 0,7% al 0,8%.
Sin embargo, cabe destacar que en 2025 habrá reducciones para ciertos autónomos:
- Autónomos con ingresos inferiores a 670€ mensuales y cotización mínima: Su cuota se reducirá a 200€. Si cotizan por la base máxima, la cuota será de 590€.
- Autónomos con ingresos entre 1.300€ y 1.700€ y cotización mínima: Su cuota se mantendrá sin cambios.
- Autónomos con ingresos superiores a 1.700€ y cotización mínima: La cuota se incrementará entre 30€ y 90€, lo que representa un aumento anual entre 360€ y 1.080€.
Ajustes en las Bases de Cotización
En 2025, la Seguridad Social ajustará las bases de cotización según las rentas declaradas en IRPF. Este es el funcionamiento del proceso:
- Cotización correcta: Si el autónomo ha cotizado según el tramo correspondiente, no habrá cambios en su cotización.
- Cotización superior al tramo correspondiente: La Seguridad Social procederá a devolver el importe ingresado en exceso.
Es importante mencionar que muchos autónomos prefieren cotizar lo máximo posible para obtener una mejor pensión en el futuro. Sin embargo, la Seguridad Social ajustará automáticamente la cotización al tramo que corresponda y devolverá los ingresos indebidos.
- Cotización inferior al tramo correspondiente: La Seguridad Social notificará al autónomo la diferencia que deberá abonar, según el tramo que le corresponde.
Este ajuste puede generar desembolsos importantes si la situación no se regulariza durante el año, por lo que es importante estar atentos a las cotizaciones.
¿Cómo puedo calcular mi cuota de autónomo?
- Calcular ingresos reales: Restar los gastos a los ingresos obtenidos durante el año.
- Sumar las cuotas de la Seguridad Social: Si se tributa conforme al régimen de estimación directa, se debe sumar las cuotas que abonadas a la Seguridad Social.
- Agregar gastos genéricos: Al rendimiento neto obtenido, se debe agregar un 7% por gastos genéricos.
Ejemplo práctico:
Un autónomo ha tenido ingresos totales de 22.000€, gastos de 4.820€, y ha pagado 3.540€ en cuotas a la Seguridad Social. Su rendimiento neto sería de 20.720€ (22.000 – 4.820 + 3.540). Añadiendo el 7% de gastos genéricos, el rendimiento neto total sería de 19.269,60€. Esto equivale a un rendimiento mensual de 1.605,8€, lo que lo sitúa en el tramo 3 de la tabla general (base mínima: 960,78€, base máxima: 1.700€). La cuota sería de 301,68€ para la base mínima.
Para facilitar este proceso, os dejamos aquí el enlace a la calculadora de cuotas de la Seguridad Social:
Recuerda que durante el año puedes realizar hasta seis cambios en tu cuota de autónomo, ajustándola a los rendimientos que vayas obteniendo.