Cada año, las empresas deben cumplir con una serie de obligaciones mercantiles dentro de plazos específicos. No cumplir con ellas puede generar sanciones e incluso la imposibilidad de inscribir actos en el Registro Mercantil.
Si eres administrador, gestor o contable, marca estas fechas en tu calendario y evita contratiempos.
🔹 31 de marzo → Formulación de las Cuentas Anuales: Los administradores deben formular las cuentas antes de esta fecha.
🔹 30 de abril → Legalización de libros contables: Se realiza exclusivamente de forma telemática en el Registro Mercantil.
Incluye:
- 📖 Diario de contabilidad
- 📂 Inventario y cuentas anuales
- 📑 Sumas y saldos
- 📊 Balance de situación
- 💰 Cuenta de pérdidas y ganancias
- 📜 Memoria anual
- 📈 (Opcional para PYMES) Estado de cambios en patrimonio neto y estado de flujos de efectivo.
🔹 30 de junio → Aprobación de las Cuentas Anuales por la Junta General de Socios: Las cuentas deben ser aprobadas en Junta Ordinaria dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio.
🔹 28 de julio → Presentación del Impuesto sobre Sociedades: Se presenta ante la AEAT o la Hacienda Foral correspondiente.
🔹 30 de julio → Depósito de Cuentas Anuales en el Registro Mercantil: Límite de un mes tras su aprobación por la Junta General. Se debe incluir el Informe de Gestión y el informe del auditor, si corresponde.
📢 ¡Importante!
- ⚠️ Las empresas que no cumplan con estas obligaciones pueden enfrentar multas y sanciones.
- 🚫 No depositar las cuentas anuales puede llevar al cierre de la hoja registral de la sociedad, impidiendo la inscripción de nuevos actos en el Registro Mercantil.
- ✅ Una correcta planificación y el cumplimiento de estos plazos garantizan el buen estado legal y fiscal de tu sociedad.
Cumplir con estas obligaciones no solo evita sanciones, sino que también fortalece la transparencia y la salud financiera de tu empresa.
En Ascofi Berria, te ayudamos a gestionar todos estos trámites de forma sencilla y eficiente. No dejes pasar los plazos y evita sanciones innecesarias.