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Programa de Ayudas para la Modernización de Establecimientos Comerciales (MEC 2025)

Programa de Ayudas para la Modernización de Establecimientos Comerciales (MEC 2025)

 

El programa MEC 2025 ofrece ayudas para la modernización de establecimientos comerciales en el País Vasco, dirigido a autónomos, micro y pequeñas empresas con establecimientos a pie de calle.

El Departamento de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno Vasco aprobó el pasado martes, 29 de abril, en Consejo de Gobierno el esperado programa de ayudas MEC 2025, destinado a impulsar la modernización de los establecimientos comerciales y de servicios en Euskadi.

Con un importe máximo subvencionable por establecimiento de 10.000€ de inversión realizada entre el 01/10/2024 y el 30/09/2025, los solicitantes deberán presentar su solicitud entre el 8 de Mayo 2025 y el 30 de Septiembre de 2025.

 

Personas y Entidades Beneficiarias y Requisitos

Beneficiarios Elegibles

  • Autónomos
  • Sociedades civiles
  • Comunidades de bienes
  • Micro y pequeñas empresas

No podrán ser beneficiarias las entidades dedicadas a producción, comercialización y financiación de armas.

Requisitos del Establecimiento

  • Ubicado físicamente a pie de calle
  • Abierto al público
  • En estado operativo en la Comunidad Autónoma del País Vasco
  • Actividad encuadrada en los epígrafes del IAE recogidos en la base 5

Clasificación Empresarial

  • Microempresa: menos de 10 empleados y volumen de negocio/balance < 2 millones €
  • Pequeña empresa: menos de 50 empleados y volumen de negocio/balance < 10 millones €

 

La actividad y el establecimiento deben estar domiciliados social y fiscalmente en la CAPV, estar al corriente de obligaciones tributarias, Seguridad Social y reintegro de subvenciones. No deben estar sancionados ni incursos en prohibición para obtener subvenciones, y deben comprometerse a no incurrir en deslocalización empresarial ni en sobrefinanciación.

 

Epígrafes del IAE Subvencionables

 

Periodo y Requisitos de Inversión Subvencionable

Las inversiones subvencionables son aquellas realizadas entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025, ambos incluidos.

Requisitos de las Inversiones

  • Deben estar directamente relacionadas con la actividad principal
  • Deben estar ubicadas en establecimientos físicos minoristas a pie de calle
  • Deben ser incorporadas por primera vez al activo de la empresa
  • Deben permanecer mínimo 2 años computados desde la fecha de la factura
  • Deben estar realizadas y facturadas en el periodo subvencionable

Importe mínimo por línea subvencionable

  • 3.000€ (IVA excluido) para inversiones en renovación de infraestructura y equipamiento
  • 1.000€ (IVA excluido) para inversiones en nuevas tecnologías e innovación

 

Líneas Subvencionables y Cuantía de las Ayudas

Criterios para incrementos adicionales:

  • Participación en programas como Merkabide, Escuela Vasca de Retail o Euscommerce;
  • Inversión en renovación de infraestructura (2 puntos);
  • Estabilidad de empleo femenino;
  • Plan de Igualdad o Conciliación;
  • Adhesión al Sistema de Arbitraje de Kontsumobide;
  • Asociación a agrupaciones de comercio;
  • Participación en programa Berriz enpresa;
  • Antigüedad del establecimiento superior a 10 años;
  • Atención al público en euskera (certificado Bai Euskarari, Bikain, etc.);
  • Formar parte de comunidades energéticas (2 puntos).

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